Si vas a presentar un documento extranjero ante una administración española, es habitual que te pidan una traducción jurada al castellano. Este es un repaso de los casos más frecuentes.
Extranjería y nacionalidad
Certificados de nacimiento, matrimonio o antecedentes penales expedidos en otro país suelen requerir traducción jurada para expedientes de residencia, reagrupación familiar o solicitud de nacionalidad española.
Homologación de estudios
Para homologar un título universitario extranjero, el Ministerio de Educación exige traducción jurada del título y, con frecuencia, también del certificado académico o plan de estudios.
Trámites notariales y mercantiles
Poderes notariales otorgados en el extranjero, escrituras de constitución de sociedades o contratos con una parte extranjera suelen necesitar traducción jurada antes de inscribirse en un registro español.
Procedimientos judiciales
Cualquier documento en otro idioma aportado como prueba en un procedimiento judicial en España —contratos, correspondencia, sentencias extranjeras— debe presentarse junto con su traducción jurada.
Un apunte sobre la apostilla
La traducción jurada certifica la fidelidad del contenido, pero no sustituye a la apostilla de La Haya, que certifica la autenticidad del documento original. Según el trámite, es posible que necesites ambas cosas: apostillar el original y, después, traducirlo de forma jurada.
Ante la duda, lo más seguro es confirmar con el organismo receptor exactamente qué exige, y prepararlo todo en el orden correcto antes de presentar el expediente.